EE.UU. exige declaración sanitaria a viajeros desde noviembre
Desde noviembre de 2026, viajeros internacionales deberán presentar una declaración sanitaria para ingresar a Estados Unidos.
Estados Unidos implementará un nuevo requisito sanitario para viajeros internacionales a partir de noviembre de 2026, como parte de la respuesta federal ante un brote de Ébola en África Central. La medida busca prevenir que personas infectadas o expuestas al virus lleguen al país durante el período en que puedan desarrollar síntomas.
Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) anunciaron la disposición, que se aplicará a personas de cualquier nacionalidad que viajen desde otro país con destino a Estados Unidos. La orden establece que, desde las 23:59 del 3 de noviembre de 2026, todos los viajeros en aeronaves internacionales deberán presentar una declaración firmada.
Este documento certifica que no estuvieron en la República del Congo durante los 21 días anteriores al embarque. La medida abarca a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes legales y extranjeros, sin distinción de nacionalidad ni del país de origen del vuelo.
La disposición incluye también los vuelos cuyo destino final sea Estados Unidos y aquellos que tengan una conexión en el país antes de continuar hacia otro territorio. Las aeronaves privadas, de aviación general y de carga también deberán cumplir con esta medida.
La declaración puede ser presentada en formato físico o digital. Las aerolíneas y operadores de aeronaves deberán implementar por sí mismos procedimientos para recibir y conservar la documentación. Además, los transportistas deberán conservar una copia digital o física de cada documento por al menos 42 días.
El documento está amparado en leyes federales que castigan el suministro intencional de datos falsos a las autoridades. La disposición cita la sección 1001 del título 18 del Código de Estados Unidos, que establece sanciones económicas y penas de cárcel para quienes incurran en este delito.
Quienes no presenten el documento no podrán abordar el avión, a menos que dispongan de una exención oficial. Las compañías aéreas tampoco estarán autorizadas a sustituir la certificación por una declaración verbal ni a conceder excepciones por iniciativa propia.



