Miércoles, 28 de octubre de 2026
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Espaillat apelan; Colegiado fija nuevo juicio

Los hermanos Espaillat apelaron la decisión del juez que cambió la calificación del caso, mientras el Colegiado fija nueva fecha de juicio.

Imagen de la discoteca Jet Set donde ocurrió el colapso que dejó 236 muertos.
Imagen de la discoteca Jet Set donde ocurrió el colapso que dejó 236 muertos.

Mientras el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fija fecha para conocer el nuevo juicio a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, acusados por la muerte de 236 personas en el colapso de la discoteca Jet Set, los imputados apelaron el fallo que varió la calificación jurídica y declinó el expediente a otro tribunal.

Para el 10 de diciembre fue fijado el conocimiento del proceso al cual el juez Franny González, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal, le varió la calificación jurídica de homicidio involuntario a homicidio con dolo eventual, cuya pena máxima es de 20 años de prisión, en lugar de los dos que contemplaba la calificación original.

En la instancia depositada el lunes en la tarde, se indicó que Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat estiman necesario demostrar a la Corte apoderada que la resolución puede ser sometida a su control, y que dicha decisión, a criterio reiterado de la Suprema Corte de Justicia, es susceptible de apelación.

La defensa, integrada por Jorge Luis Polanco, Miguel Valerio, Ramón Emilio Núñez, entre otros, afirma que la Suprema Corte de Justicia ha establecido que cuando se declara la incompetencia o se invoca la violación a un derecho o norma constitucional, la vía recursiva está habilitada, aunque la ley no lo contemple.

Afirman que la resolución del juez González viola el principio de legalidad, la seguridad jurídica, la igualdad ante la ley, el debido proceso, el derecho de defensa, el principio de contradicción, la igualdad de armas, la presunción de inocencia y la imparcialidad judicial.

En la instancia se menciona que la Suprema Corte de Justicia ha reconocido que la regla de taxatividad, aunque delimita las decisiones susceptibles de impugnación, se ve matizada frente al derecho del recurrente que denuncie la violación a derechos fundamentales o a una norma constitucional.

El magistrado Franny González, al desapoderarse del caso y variar la calificación, indicó que la investigación de los hechos evidencia que los Espaillat tenían conocimiento pleno del deterioro del techo de la discoteca.

En su justificación, el juez mencionó que los acusados recibieron informaciones documentadas, advertencias serias, creíbles y señales graves, inminentes y objetivas que revelaban el peligro real e inminente, que excedía ampliamente los riesgos ordinarios inherentes a la explotación de un establecimiento comercial abierto al público.

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