Ley Mirabal propone hasta 40 años de cárcel por matar hijos de madre
La Ley Mirabal, presentada por la ministra de la Mujer, establece penas de hasta 40 años de prisión por asesinar a hijos de una mujer con el propósito de castigarla.
El proyecto de Ley Orgánica de respuesta integral a las violencias contra las mujeres, denominado Ley Mirabal, fue depositado en la Cámara de Diputados y establece la creación de la figura penal del vicariato. Esta figura impone una pena de hasta 40 años de prisión cuando el asesinato de un niño, niña o adolescente se ejecute con la finalidad de causar sufrimiento o castigar a la madre.
La propuesta legislativa fue presentada por la ministra de la Mujer, Gloria Reyes, y asumida como proyecto de ley por 78 diputados. Introduce por primera vez en el sistema dominicano los delitos de violencia vicaria y el vicariato como delitos, definidos como actos ilícitos en los que un agresor maltrata a allegados o hijos de la víctima para causar su sufrimiento.
Según el proyecto de los diputados, la violencia vicaria sanciona con penas de 5 a 10 años de prisión a quien lesione, amenace o prive de libertad a hijos o personas vinculadas a una mujer para castigarla. En caso de que el agresor mate a los hijos o a la gente vinculada a la víctima para provocar su sufrimiento, la pena se eleva hasta los 40 años de cárcel.
Además del vicariato, el proyecto de ley propone castigar otros delitos como la convivencia con menores de edad bajo la excusa de estar en una “relación de pareja”. El texto sanciona con penas de 5 a 10 años de prisión a la persona mayor de edad que establezca “convivencia de pareja” con una persona menor de edad.
La misma sanción recae sobre quienes concierten, entreguen o trasladen a la menor. La iniciativa también tipifica las intervenciones quirúrgicas, procedimientos ginecológicos o métodos anticonceptivos impuestos sin el consentimiento de la paciente. La esterilización forzada se penalizaría con 10 a 20 años de prisión, una escala que aumenta a penas de 20 a 30 años de cárcel cuando la víctima sea una niña o adolescente.
Asimismo, se castigaría hasta con cinco años de prisión la denegación o retraso injustificado de atención médica ante emergencias obstétricas. Frente a las agresiones facilitadas por tecnologías, el proyecto penaliza con cinco a 10 años de prisión mayor la captación no consentida de imágenes íntimas, la coacción o sextorsión amenazando con difundir material íntimo real o generado por inteligencia artificial, y la divulgación de datos de localización para facilitar agresiones.
Estas penas aumentarían hasta los 20 años de cárcel cuando afecten a menores o exista abuso de autoridad. El proyecto de Ley Mirabal prohíbe cualquier mecanismo de conciliación en casos de violencia contra las mujeres. En ese orden, la propuesta establece que la reconciliación de la víctima con su agresor no extinguirá la acción penal ni justificará el archivo del expediente judicial.
Sanciones a la violencia política y feminicidio. En el caso de la participación política de las mujeres, quien la restrinja o coaccione para ser elegida mediante votos o para ocupar un puesto público, enfrentará pena de hasta 20 años de prisión. El proyecto redefine el feminicidio, que ya está sancionado en el nuevo Código Penal, ampliando a nueve las circunstancias por razones de género, sin exigir que exista o haya existido una relación de pareja entre el autor y la víctima.
Para los casos de feminicidio seguido del suicidio del agresor, la iniciativa ordena continuar la investigación sobre posibles terceros o fallos institucionales previos. El proyecto va a comisión. Tras recibir la propuesta, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, anunció que durante la próxima semana evaluará el curso de la iniciativa para determinar los plazos y la forma en que se analizará antes de conocerse.



