SB establece transferencia de cuentas abandonadas al Banco Central
La Superintendencia de Bancos impone nuevas normas para gestionar cuentas bancarias inactivas y abandonadas, con transferencia a Banco Central tras diez años de inactividad.
La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso nuevas medidas para fortalecer la gestión de las cuentas bancarias inactivas y abandonadas en la República Dominicana, mediante la Circular SB núm. CSB-REG-2026000017, emitida el 17 de septiembre de 2026.
En el manual define a las cuentas inactivas como los saldos en las distintas modalidades de captación de recursos del público, los cuales su titular no hubiere realizado acto alguno de retiro o depósitos durante tres años.
Sin embargo, se considera abandonada cuando acumula diez años de inactividad sin que el titular realice actos de administración o disposición que demuestren actividad en ella.
¿Cómo saber si mi cuenta está dentro del listado de abandono? La normativa establece que las entidades financieras deben publicar, en un periódico de circulación nacional y en sus páginas web, la lista de cuentas que tengan diez años de inactividad al cierre de cada semestre.
El listado debe incluir, en orden alfabético, los nombres de los titulares o beneficiarios y los números de las cuentá.
Transcurridos seis meses desde la publicación, los saldos de las cuentas abandonadas deben transferirse al Banco Central.



