MP compelido a pagar RD$7.5 millones por celular de RD$3,200; Corte se reserva fallo
La Corte de Apelación se reservó el fallo sobre el recurso del MP contra la condena de pagar RD$7.5 millones por la pérdida de un celular de RD$3,200.
La Corte de Apelación del Distrito Nacional se reservó para el 18 de noviembre el fallo sobre el recurso de oposición interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia que condena al órgano acusador al pago de un astreinte de 7.5 millones de pesos por la pérdida de un celular valorado en 3,200 pesos, perteneciente a uno de los imputados en el caso Camaleón.
El aparato es propiedad de Francisco Álvarez Carbuccia, quien, en el 2025, consiguió que durante el juicio preliminar se ordenara la restitución de sus bienes incautados, entre ellos un celular Samsung S3, cuya entrega aún sigue pendiente por parte del Ministerio Público, puesto que se le perdió.
El MP calificó la decisión de la jueza Patricia Padilla como una desproporción jurídica y solicitó al tribunal la revocación íntegra de la misma, argumentando que la penalidad desnaturaliza el espíritu de la ley y que la solución al impasse debe regirse por la cordura y la responsabilidad patrimonial.
La defensa rechazó de plano el planteamiento del Ministerio Público, exigiendo que se mantenga en toda su dimensión la liquidación del astreinte, al sostener que la decisión de la jueza Padilla adquirió carácter firme de la cosa irrevocablemente juzgada tras años de incumplimiento y vulneración al derecho de propiedad.
Los representantes del MP afirmaron que su negativa a pagar una suma ascendente a RD$7,560,000 “no responde a un desacato ni a una rebeldía institucional”, sino a un hecho de fuerza mayor: el extravío del dispositivo móvil a raíz del traslado masivo de las oficinas y departamentos desde el viejo edificio hacia la nueva sede.
Los fiscales Jonathan Pérez, Miguel Collado y Arolin Lemos sostienen que la jueza Padilla incurrió en un grave error de ponderación jurídica. A su juicio, el tribunal “desnaturalizó” por completo el carácter conminatorio del astreinte, convirtiéndolo en una condena.
Afirmaron que ante la pérdida material de un bien bajo custodia estatal que no pudo ser entregado junto a los demás 15 objetos ya devueltos al imputado Francisco Álvarez Carbuccia, lo que legalmente procedía era ordenar el pago exclusivo del valor comercial del equipo (RD$3,200) bajo las reglas de la responsabilidad patrimonial, “y no castigar al Estado con una suma exorbitante”.



