Viernes, 23 de octubre de 2026
Última hora
Nacionales

PE deposita proyecto que restringe construcciones en zonas de riesgo

El Poder Ejecutivo presentó en el Senado el proyecto del Plan Nacional de Ordenamiento Territorial, que busca regular el uso del suelo y evitar ocupaciones en áreas de alto riesgo.

Foto de archivo: Planes de ordenamiento territorial en acción.
Foto de archivo: Planes de ordenamiento territorial en acción.

El Poder Ejecutivo depositó ayer en el Senado de la República el proyecto de ley que aprueba el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial (PNOT), para gestionar las políticas públicas en el territorio, regular el uso del suelo, incentivar el aprovechamiento sostenible de los recursos y facilitar la gestión integral de riesgos en todo el país.

La iniciativa contempla, entre otras cosas, restricciones de uso en zonas vulnerables y medidas para reducir la ocupación de terrenos de alto riesgo. También exige que se tome en cuenta el cambio climático al planificar las ciudades y que, si hay que trasladar comunidades, se respeten sus derechos y se les den garantías de vivienda y protección.

El marco de ley, depositado por José Ignacio Paliza, ministro de la Presidencia, junto a Domingo Matías, viceministro de Ordenamiento Territorial, establece que cada municipio debe organizar su territorio siguiendo el plan nacional y tomando en cuenta las viviendas, las calles, los servicios públicos, las áreas verdes, el medioambiente y los riesgos, y que debe reservar espacios para viviendas económicas y coordinarse con los municipios vecinos cuando sea necesario.

La propuesta pretende, además, que los municipios cercanos se pongan de acuerdo para organizar sus ciudades, mejorar las calles, el drenaje, la recogida de basura y los servicios públicos, para así evitar que las decisiones de un municipio perjudiquen a otro. A la vez, procura reducir la desigualdad y proteger el medioambiente, y que las ciudades y comunidades se organicen pensando en las necesidades de las mujeres, los adultos mayores y las personas con discapacidad, para que puedan movilizarse, acceder a los servicios y participar en las decisiones.

El Plan Nacional de Ordenamiento Territorial es el instrumento de políticas que orienta las decisiones de carácter nacional sobre el uso del territorio, compatibilizando las diferentes políticas sectoriales, con la finalidad de gestionar y aprovechar los recursos naturales de la nación para alcanzar el desarrollo sostenible, promover la cohesión territorial, impulsar la competitividad y mejorar las condiciones de vida de toda la población, tal como establece Ley 368-22, de Ordenamiento Territorial, Usos de Suelo y Asentamientos Humanos, en su artículo 21.

El PNOT refuerza la soberanía del Estado sobre el territorio nacional y contribuye al fortalecimiento de la seguridad ambiental, alimentaria, jurídica y pública, mediante disposiciones y reglas claras que orientan el uso y ocupación del territorio en función del interés general.

La legislación tiene por objeto aprobar el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial y establecer las disposiciones que regirán su implementación, articulación, seguimiento, evaluación y vinculación con los demás instrumentos del Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial, de conformidad con la Ley 368-22.

El proyecto de ley, en sus artículos 17 y 18, establece restricciones de uso en zonas vulnerables y medidas para reducir la ocupación de terrenos de alto riesgo. De acuerdo al primer apartado, el Gobierno debe cuidar las playas, los ríos, los lagos, los manglares, áreas de recarga acuífera, cuencas hidrográficas y demás ecosistemas hídricos estratégicos.

La iniciativa indica, en su párrafo I, que no se podrá hacer cualquier construcción en esos lugares y aclara que, si construir allí pone en peligro a las personas o daña la naturaleza, las autoridades podrán poner reglas, limitar lo que se puede hacer o prohibir ciertas actividades.

Reconoce, además, que hay lugares que necesitan especial protección, como las bahías de Samaná, Montecristi y las Águilas, así como los parques nacionales Jaragua y Cotubanamá.

Otro punto que se destaca en el artículo 17, es que si una comunidad vive en un lugar muy peligroso, el Estado podrá tomar medidas para protegerla y, cuando sea necesario, ayudar a trasladarla a un lugar más seguro.

El artículo 18 pondera que, para que las personas estén más seguras frente a inundaciones, sequías y otros peligros, el Gobierno debe tomar siete medidas, tales como avisar a tiempo, construir de forma más segura, identificar los lugares peligrosos, trasladar a las personas en peligro, prepararse para las sequías, capacitar a los profesionales y educar a la población.

En su artículo 38, la legislación establece que el Estado, por medio de los órganos competentes, incorporará de forma transversal la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático en los instrumentos de ordenamiento territorial, a fin de reducir vulnerabilidades, evitar la generación de nuevos riesgos y orientar un desarrollo territorial resiliente.

Reservar espacios para viviendas económicas

Los planes e instrumentos municipales de ordenamiento territorial -según el artículo 43 del proyecto- deberán alinearse con el PNOT y con los planes regionales aplicables, e incorporar, según corresponda, análisis territorial retrospectivo, protección patrimonial, gestión del riesgo, localización de infraestructuras y servicios y movilidad.

También regulación de usos industriales, protección ambiental urbana, vivienda, áreas verdes, mecanismos de participación y veeduría social, “suelo destinado a vivienda de interés social” –espacios para viviendas económicas-, equipamientos o fines públicos, y coherencia con la estructura territorial definida por esta legislación, en particular respecto de los nodos territoriales, polos de crecimiento y corredores territoriales estratégicos definidos por el Plan. La pieza deberá agotar su trámite legislativo correspondiente en las cámaras congresuales.

0 lecturas ¿Te resultó útil? Compártela con tu comunidad.