Martes, 20 de octubre de 2026
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Economía

Gobierno impone control estatal a exportaciones de azúcar

El presidente Luis Abinader promulgó un decreto que establece control estatal sobre la exportación de azúcar, melaza y subproductos.

Imagen de un ingenio azucarero en la República Dominicana.
Imagen de un ingenio azucarero en la República Dominicana.

El presidente Luis Abinader promulgó este lunes el Decreto 719-26, que establece normas para la zafra azucarera 2026-2027 bajo control estatal. El objetivo es fortalecer la economía, abastecer el mercado local y cumplir con los compromisos de exportación.

Según el decreto, del total producido y de los excedentes del año anterior se destinarán las cantidades necesarias para cubrir el consumo nacional. Asimismo, se asegurarán los compromisos de exportación en mercados preferenciales, como Estados Unidos, y otros destinos.

Si hace falta importar azúcar, el Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR) deberá emitir las licencias requeridas. La orden presidencial establece que ningún embarque de azúcar, melaza o subproductos podrá salir del país sin un permiso del Inazuzar.

Los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE) para ingresar al mercado estadounidense solo se otorgarán a ingenios y empresas productoras autorizadas. Se prohíbe su emisión a favor de terceros no autorizados.

Se autoriza a los ingenios a operar bajo programas específicos de molienda y producción, con prioridad para el suministro local y el cumplimiento de los compromisos internacionales.

El decreto establece que las empresas azucareras deberán notificar cada venta internacional, sea en Estados Unidos, la Unión Europea u otros mercados, dentro de los ocho días posteriores.

Además, tendrán que remitir copia fiel del contrato en un plazo de ocho días hábiles tras su recepción, y enviar el certificado de cantidad, polarización y materias extrañas dentro de los tres días hábiles posteriores a recibir el informe de desembarque.

Los ingenios también reportarán mensualmente cualquier variación en sus estimaciones de producción o en el cumplimiento de cuotas. El decreto precisa que quienes no declaren a tiempo un eventual déficit podrán ser sancionados con reducciones proporcionales en su cuota de la siguiente zafra.

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